Los morosos tendrán que pagar por sus retrasos

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MorosoParece que la nueva Ley de Morosidad propuesta, incluye la limitación de pagos de clientes a 30 o 60 días y el requerimiento de que pagos que se alargan más de estos plazos, tendrán un coste durante el tiempo de morosidad.

Estas son buenas noticias ya que los pagos en España siempre han sido largos, siguiendo el ejemplo de los entes gubernamentales y los ayuntamientos, que son expertos desde hace tiempo en eso de no pagar en mucho tiempo, con crisis y sin crisis.

Surgen dos preguntas que ya veremos cómo se resuelven cuando todas las negociaciones y las enmiendas se completen.

Primero, ¿qué nivel de interés se cobrará, quién lo fija y cómo?

Hay que recordar que, cuando alguien no paga lo debido en la fecha prevista, está forzando al que le debe, a su acreedor, a darle un préstamo forzado, ya que se mantiene su dinero durante un tiempo más largo de lo previsto.

Como todo préstamo, estos impagos deben contener un coste de interés ya que, si son préstamos gratis, como ahora son en la gran mayoría de los casos, esto incentiva el retraso de los pagos.

Ya que es deuda, su coste debe estar vinculado al coste de financiación y, cómo en muchos casos los que tienen previsto cobrar tendrán que financiarse para soportar el impago, su costo de financiación se debe tener en cuenta.

Por otra parte, siendo un préstamo forzado como resultado de un impago, el coste no debe ser el normal para un préstamo. Debería estar fijado a un nivel penalizador, es decir, más alto que las alternativas. Un costo más alto incentivaría que los morosos busquen otras alternativas a no pagar sus deudas.

Ya que es deuda morosa, también debería estar vinculado al coste de financiación para impagos.

Segundo, parece que la ley permitirá variación de los plazos de pago con el común acuerdo de las dos partes. En otras palabras, el más fuerte dictará las condiciones.

Es decir, si necesito vender, el que compra me pagará en el plazo que quiera y será de común acuerdo porque, si no, no vendo. Además, como es de común acuerdo, nos podemos olvidar de cobrar intereses por periodos más largos de los 60 días mencionados.

En un ambiente de frenazo de financiación por parte de los bancos, que está mejorando aunque paulatinamente, sería bueno ver que los préstamos por impagados de los que venden a los que compran debe cobrarse como lo que son, préstamos forzados. El problema será que la ley saldrá tan general que no veremos muchos cambios. Ya veremos los detalles.